REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº VII. Caracas, 11 de Octubre de 2006.
195º y 146º


ASUNTO: AP51-S-2006-017392

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS , presentado por la ciudadana, SULY ALARCON , en su carácter de Defensor del niño, niña y adolescente , a solicitud de los Ciudadanos RUGLIO CARMINE Y LINA MERCEDES SANCHEZ GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº E- 895.942 y V-6.356.888 respectivamente, a favor de los hermanos -------------- , SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO . En consecuencia, este Tribunal procede a HOMOLOGAR el presente CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE VISITAS , en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguese a las partes interesadas, a fin de que surta sus efectos legales. Archívese el expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO ,


Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
El Secretario
AP51-2006-017392 MARTIN JIMENEZ MUJICA