REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 7
Caracas, 03 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-V-2005-008165
Revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente expediente de de las cuales se desprende que en fecha 31 de julio de 2006, el Ciudadano GUILLERMO LUIS CAMARGO PEREZ , Titular de la Cédula de identidad Nro: E- 84.316.950 mediante la cual desiste del presente procedimiento relativo a la solicitud de reconocimiento voluntario .En consecuencia, este tribunal HOMOLOGA el Desistimiento presentado por el ciudadano antes mencionado de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse copias certificadas de la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2006 y del presente auto .
La Juez
El Secretario
Abg. Aimar Valencia Rizo
Martin Jiménez Mujica
AP51-V.2005-008165
Aimar