REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII
Caracas, tres de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-006081
Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos JUAN FRANCISCO GONZALEZ TREJO Y LEONARDO JOEL BECERRA RODRIGUEZ, plenamente identificados y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de Juicio VIII, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus BENITO ANTONIO TORRES MORENO, quién en vida era venezolano, mayor de edad, y portador de la cédula de identidad N° V- 2.947.129, a favor del ciudadano NELSON GIOVANNI TORRES SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 6.671.708 y el adolescente (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), debidamente representado por la ciudadana MARIA CEMIDA SILVA titular de la cedula de identidad 8.017.489 . Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
GREYMA ONTIVEROS M