REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Visto el escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS y los recaudos anexos presentado en fecha 22 de septiembre de 2006, por los ciudadanos BERNARDO ANDRES JURADO ENDSLEY y MARIA GABRIELA CUBEDDU MERCHAN, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.520.512 y V-9.965.441, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio MARIANA CARRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.356, este Tribunal por cuanto dicha solicitud no es contraria a ninguna disposición de Ley, al orden público ni a las buenas costumbres, la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO. En este sentido se instó a los cónyuges a la reconciliación siendo imposible lograrla.
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