REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena.
Caracas, 3 de octubre de 2006.
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Visto el anterior escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la Defensora N° 014 del Niño y del Adolescente del Municipio Sucre, ciudadana Zaida Berroterán Montilla, así como el acta convenio suscrita por los ciudadanos BELKIS JOSEFINA SCUSA BARRIOS y JOSE ERNALDO MARUEZ GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad N° V.10.690.952 y V.11.841.729, respectivamente, mediante la cual acordaron régimen de visitas a favor de la niña (...), de dos (2) años de edad, este Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en los libros correspondientes.
|