REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto el escrito presentado por la abogada CAROLINA MERCEDES GONZALEZ, Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público, actuando en nombre y representación de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXX, de tres (03) años de edad, así como el acta convenio suscrita por los ciudadanos YUISET YUCARY ANGULO PACHON y JUAN CARLOS ZAMBRANO ARRELANO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.125.916 y 14.384.463, respectivamente, cursante en el folio cinco (05) del presente expediente, relativo al Régimen de Visitas, a favor de la niña XXXXXXXXXXXX; SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO.