REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA UNDÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 31 de Octubre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-017881
Vista la anterior solicitud de CURATELA, presentada por la ciudadana OSCAR ALBERTO PACHANO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.120.363, quien se encuentra asistido por el Abg. ORANGEL TROCONIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.671; en representación de su hijos, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC, a los mencionados adolescente y vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente, así como el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc, por parte del ciudadano MANUEL GUILLERMO PACHANO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.916.390; este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, , en beneficio de los adolescentes anteriormente identificados. Devuélvanse los originales de las actuaciones y déjense copias certificadas ante este Despacho. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez,
Abg. ENOE M. CARRILLO CASTELLANOS La Secretaria,
Abg. CIOLIS MOJICA
ECC-CM-DYSS