REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio N° XIV
Caracas, 25 de octubre de 2006
196° y 147°
ASUNTO: AP51-S-2005-000683
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, esta Sala de Juicio observa; en fecha 14 de agosto de 2006, se dictó resolución mediante la cual se autorizó a la ciudadana MCM, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.913.919, para que visite y retire a la niña (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en el Centro de Atención Integral “Villas Los Chiquiticos”, Fundana; a objeto de estrechar vínculos afectivos entre la niña y la referida ciudadana, por cuanto existe una solicitud de Colocación Familiar incoada por la ciudadana MCM; en tal sentido, esta Sala de Juicio, considera pertinente e indispensable la opinión de la madre de la niña, ciudadana MBMT, respecto al presente procedimiento, quien aún conserva la Patria Potestad de la niña y aparentemente mantiene contacto permanente con sus cuatro hijos, aún cuando están en entidades distintas: los dos niños varones en la entidad de Atención ASOPROHOGAR y las dos niñas en la entidad FUNDANA, condición ésta que no fue considera por esta Juez al momento de acordar la Autorización, quien además deberá comprobar en esta instancia tal condición, y; del hecho de que se acordó iniciar el Informe Integral ordenado por la Corte Superior Primera de este Circuito Judicial, pues una autorización y posterior Colocación Familiar, se determinará por parte de quien decide en función de estos aspectos, entre otros. En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio, acuerda REVOCAR LA AUTORIZACIÓN expedida a la ciudadana MCM, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.913.919, para que retire a la niña XXXXXX, del Centro de Atención Integral “Villas Los Chiquiticos”, Fundana, a partir de la semana del 30 de octubre al 04 de noviembre del 2006 en lo adelante. Se ordena librar oficio a la referida Entidad a los fines de informar lo acordado. Cúmplase. Líbrese lo conducente.-
LA JUEZ
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
LA SECRETARIA
ABG. INGRIT RONDON MONTIEL
YLV/IRM/Marjorie
AP51-S-2005-000683
Colocación Familiar
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