REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, treinta (30) de Octubre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-015424
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JUAN ANTONIO PRIETO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.661.319, debidamente asistido por la Abogada AMANDA SALAZAR DE ARAUJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.737, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, la ciudadana MAGLIS AMARILY TORRES REYES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.488.337, en beneficio de la adolescente y la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese al solicitante.
EL(A) JUEZ(A)
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
EL(A) SECRETARIO(A)
ABG. IVÁN CEDEÑO
YCH/IC/ych.
Motivo: Curatela.
ASUNTO: AP51-S-2006-015424.-