REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÒN CAPITAL. Caracas diecisiete (17) de octubre de dos mil seis (2006).

196º y 147º

Estando dentro del lapso de cinco (5) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por el abogado RAFAEL COELLO RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 7.857, actuando en su carácter de apoderado especial de la ciudadana CAROLINA PADRON D` LIMA, portadora de la cédula de identidad No. 9.094.877, contra el acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución Nº 21 de fecha 13 de febrero de 2006, notificada el 23 de marzo de 2006, por el ciudadano Aristóbulo Isturiz Almeida, en su carácter de Ministro de Educación Cultura y Deportes.
EL JUEZ


JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA


MARÍA LUISA RANGEL


EXP. 06-1486/drfz.-