REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 16 de Octubre del 2006
196º y 147º
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado Rafael Angel Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.168, actuando en su propio nombre y representación en su carácter de parte actora, mediante la cual solicita a este Juzgado se amplié el auto de admisión de pruebas, de fecha 05 de octubre del presente año; por cuanto se omitió mencionar en la prueba de exhibición de documentos la intimación a que hace referencia el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal como auto complementario del auto de admisión de pruebas deja expresa constancia que deberá el Juzgado de Municipio que resulte asignado mediante la distribución de Ley, para llevar a cabo la referida exhibición, proceder a indicar día y hora para llevar a cabo la misma, previa la intimación de las personas que deberán exhibir los documentos. Librese copia certificada del presente auto y agréguese el mismo a las que se ordenaran remitir al Juzgado distribuidor de municipio. Así se establece.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
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