REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 26 de octubre de 2006.-
Años 196º y 147º
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado HÉCTOR RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.356, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual solicita la citación por carteles de la parte demandada ciudadana FANNY JOSÉFINA NUÑEZ, a que se refiere el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil, ya que, según lo indicado en el oficio N° DGIE-2215-2006, proveniente del Concejo Nacional Electoral, la dirección de ubicación de la referida ciudadana es: Miami, Embajada Estados Unidos de América; el Tribunal, por cuanto del oficio antes mencionado se evidencia que la demandada FANNY JOSEFINA NUÑEZ LARA, se encuentra domiciliada fuera del país, se ordena su citación mediante carteles, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado dentro de los cuarenta (40) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación y consignación que de dicho cartel se haga, a darse por citada en el presente juicio; dicho cartel deberá ser publicado en los diarios “EL NACIONAL” y “EL UNIVERSAL” durante treinta (30) días continuos, una vez por semana. Con la advertencia que de no comparecer dentro del lapso indicado se le designará defensor judicial con quien se entenderá la citación y demás tramites del juicio, todo conforme a lo establecido en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil. LIBRESE CARTEL.-
LA JUEZ,

MARIA ROSA MARTÍNEZ CATALAN
LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMIREZ

En la misma fecha se dio cumplimiento al auto anterior.-
LA SECRETARIA,