República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 4 de octubre de 2006
Años 196° y 147°.-


Vista la diligencia de fecha 02 de octubre de 2006, suscrita por el ciudadano ANTONIO OLIVEIRA BARBOSA, debidamente asistida por el abogado CARLOS GONZALEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.134, donde solicita la ejecución de la sentencia de divorcio e igualmente solicita 04 juegos de copias certificadas, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME, la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 19 de septiembre de 2006, todo ello de conformidad con el articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual ordena oficiar lo conducente al Registro Principal del Distrito Capital y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines previsto en el artículo 506 del Código Civil, remitiéndosele adjunto copias certificadas de la sentencia y del presente auto de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley adjetiva. Así mismo, se ordena expedir por Secretaria los cuatro (04) juegos de copias certificadas requeridas con la inserción de la diligencia que las solicitas y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez
La Secretaria
Dra. María Rosa Martínez Catalán
Norka Cobis Ramírez

En el día de hoy, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria