REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 09 de octubre de 2006.-
Años: 196º y 147º.-

Vista la anterior solicitud proveniente del Juzgado distribuidor de Turno, presentada por el ciudadano ALFONSO JOSE PUCHE LABARCA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 12.182.866, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.573, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JESSIE LEE MARGOT DIB FRAZER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 18.026.850, y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en el Libro respectivo, y por cuanto la pretensión de la solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbre o alguna disposición expresa de Ley este Tribunal ADMITE la misma, cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación del acta de Nacimiento N° 194, Tomo 1, folio 194, de fecha 27 de enero de 1988, para ello alega la parte solicitante que en dicha acta de nacimiento, aparece que al colocar la fecha de nacimiento de su poderdante se le identifico como “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho” , cuando lo correcto es “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Siete”, por lo que la corrección debe versar donde dice: “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho” debe decir “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Siete”. Tal y como comprueba de la revisión de los recaudos consignados y por tal motivo se evidencia la veracidad de lo denunciado y que los mismos no ameritan un juicio de rectificación de Acta de Nacimiento, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano: ALFONSO JOSE PUCHE LABARCA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 12.182.866, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.573, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana JESSIE LEE MARGOT DIB FRAZER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 18.026.850, en el Acta de Nacimiento N° 194, de fecha 27 de enero de 1988, en los siguientes términos donde dice: “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho” debe decir “el día 28 del mes de diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Siete”. ASÍ SE DECIDE.- Se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, y al Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de su inserción en los Libros respectivos.- De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA.-
ABG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA

EXP. Nº 06-3358
AMCdeM/LV/Alberto.-






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

EL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de octubre de 2006.-
196° y 147°
OFICIO N° ________.
CIUDADANO
PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copias debidamente certificadas por secretaria de la sentencia de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el expediente signado bajo el N° 06-3358, que por Rectificación de Acta de Nacimiento, sigue DIB FRAZER JESSIE LEE MARGOT, a fin que se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento N° 194, de fecha 27 de enero de 1988, de los libros de acta de nacimiento llevados ante esa Jefatura Civil.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITUALR
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.







Exp N° 06-3358.-
Anexo lo indicado
AMCdeM/LV/Alberto.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

EL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de octubre de 2006.-
196° y 147°
OFICIO N° ________.
CIUDADANO
REGISTRADOR CIVIL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copias debidamente certificadas por secretaria de la sentencia de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el expediente signado bajo el N° 06-3358, que por Rectificación de Acta de Nacimiento, sigue DIB FRAZER JESSIE LEE MARGOT, a fin que se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento N° 194, de fecha 27 de enero de 1988, de los libros de acta de nacimiento llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda.-

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.




Exp N° 06-3358.-
Anexo lo indicado
AMCdeM/LV/Alberto.-