REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 24 de octubre de 2006
196° y 147°
De una revisión a la actas procesales que conforman el presente expediente, específicamente de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, la cual se encuentra definitivamente firme, y en acatamiento a lo ordenado en la referida sentencia, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, se revoca por contrario imperio el auto de fecha 25 de septiembre de 2006, el cual acordó librar cartel de citación, así como el cartel librado en esa misma fecha. Por consiguiente se acuerda la citación de las empresas demandada, por correo certificado, de conformidad con lo previsto en el artículo 219 del Código de Procedimiento Civil, con aviso y acuse de recibo, por lo que se acuerda el desglose de las referidas compulsas y se ordena hacer entrega de la misma al alguacil de este Juzgado a fin de que gestione las referidas citaciones. Cúmplase.-

LA JUEZ,
EL SECRETARIO ACC.,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
JOSE OMAR GONZALEZ.
EXP. 16870
EBG*JOG*Sonia.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
EL SECRETARIO