REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE:
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Sentencia Definitiva
Expediente N° T-8024

PARTE SOLICITANTE: MARCELA NUÑEZ viuda de ESTTEFFEN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.444.359.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

Revisadas como han sido las actas del presente expediente y si bien es cierto que en el escrito presentado por los solicitantes se evidencia rubricas de la abogada INGRID EVELYN PALENCIA, también es ciertos que la solicitante no cumplió con el requisito establecido en el artículo 4 de la Ley de Abogados el cual expresa lo siguiente: “Toda persona puede utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses. Sin embargo, quienes sin ser abogado deba estar en Juicio como actor, como demandado o cuando se trate de quien ejerza la representación de la Ley o en virtud de contrato, deberá nombrar abogado, para que la represente o asista en todo el proceso” (OMISIS);es decir, que la ciudadana MARCELA NUÑEZ viuda de ESTTEFFEN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.444.359; no se encuentra debidamente, tal y como lo exige la ley, asistida de Abogado en el escrito de solicitud que estos presentan. Asimismo se deja expresa constancia que la fireste tribunal, en virtud de lo antes expuesto Niega la solicitud presentada por la ciudadana MARCELA NUÑEZ viuda de ESTTEFFEN, supra identificada. ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los _____ días del mes de _________________ de 2006 Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ

Dra. ANGELINA M. GARCÍA HERNANDEZ LA SECRETARIA, ACC.

KELYN CONTRERAS


















Exp. N° T-8024
AMGH/KC/arelys