REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _____ de __________________ de 2006.-
AÑOS: 196° y 147°
PARTES SOLICITANTES: VICENTE ATANASIO VELÁSQUEZ FIGUEROA y MAYANIN DEL COROMOTO ORIBIO BERMÚDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-591.384 y V-4.669.296, respectivamente.
ABOGADOS ASISTENTES: CARLOS JOSÉ CASTILLO, abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 32.556.
MOTIVO: LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.-
Vista la diligencia que antecede de fecha 05 de Octubre de 2006, suscrita por los ciudadanos VICENTE ATANASIO VELÁSQUEZ FIGUEROA y MAYANIN DEL COROMOTO ORIBIO BERMÚDEZ, supra identificados, asistidos en este acto por el abogado CARLOS JOSÉ CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.556, por medio de la cual solicitan la homologación de la Liquidación de la Comunidad Conyugal; este tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este órgano jurisdiccional del escrito de LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos suscrito por los ciudadanos VICENTE ATANASIO VELÁSQUEZ FIGUEROA y MAYANIN DEL COROMOTO ORIBIO BERMUDEZ, supra identificados, en fecha 25 de Septiembre del 2006 y visto que ambas partes acordaron por la vía del CONVENIMIENTO en todas y cada una de las partes la presente LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos contenidos en ella.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los ______ días del mes de _______________ de Dos Mil Seis (2.006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR
Dra. ANGELINA M GARCÍA H
LA SECRETARIA Acc
KELYN CONTRERAS
En la misma fecha anterior, _____de _______________de 2.006, previo el anuncio de ley, se registró y publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m).-
LA SECRETARIA Acc
KELYN CONTRERAS
Exp. No. 24.512
AMGH/KC/Laura.-
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