REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, dieciseis (16) de Octubre del año dos mil seis (2006), siendo las 2:30 de la tarde, se trasladó y constituyó la Juez Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CELSA DIAZ VILLARROEL, y su Secretario JESUS ALBERTO RAMOS, en compañía de la Apoderada Judicial de la parte actora Doctora INGRID MILAGRO HERNANDEZ BORGES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 27.733; y de los auxiliares de justicia designados por este Tribunal Comisionado como Depositaria Judicial a la firma MONAY, C. A., en la persona de su representante legal SORAYA OJEDA, titular de la cédula de identidad Número 6.195.326 y Perito Avaluador MARIO RODRIGUEZ, titular de cédula de identidad Número 3.660.069; quienes aceptaron los cargos recaídos en sus personas y juraron cumplir bien y fielmente con los deberes y obligaciones inherentes a los mismos, tal y como consta en el Libro de Actas que a tal efecto lleva este Despacho; en la siguiente dirección: Pent House destinado a vivienda, distinguido con el Número 20, ubicado en la Planta Alta del Edificio La Torre, parcela Número 148, Manzana C, de la Calle Real de Alta Vista, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; con la finalidad de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue MANRIQUE URBINA ANTONIO JOSE contra HERRERA MARTINEZ VICTOR JOSE. Seguidamente la Juez dio los toques de Ley a las puertas del inmueble, sin que persona alguna respondiera al llamado judicial. El Tribunal a señalamiento de la Apoderada Judicial de la parte actora y dando cumplimiento a la Comisión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el siguiente bien inmueble: Pent House destinado a vivienda, distinguido con el Número 20, ubicado en la Planta Alta, parcela Número 148, Manzana C, de la Calle Real de Alta Vista; tiene una superficie aproximada de VEINTIUN METROS CUADRADOS CON SESENTA DECIMETROS CUADRADOS (21,60 Mts.2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la fachada Norte del Edificio y pasillo de circulación; SUR: Con fachada exterior Sur del Edificio; ESTE: Con la fachada exterior Este del Edificio, escalera y pasillo; y OESTE: Con fachada Oeste del Edificio. En este estado el Perito Avaluador expone: Le asigno un avalúo prudencial al inmueble objeto de la presente medida de Embargo Ejecutivo de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000,oo), es todo. El Tribunal pone el inmueble aquí Embargado Ejecutivamente en posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto, cuyo representante legal estando presente lo recibe conforme para su representada. Particípese por Oficio al Registrador Subalterno respectivo. El Tribunal ordena expedir por Secretaria copia certificada de la presente acta y de la comisión íntegra, a los fines de que la misma sea archivada en el copiador que a tales efectos lleva este Despacho. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Juzgado ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2.000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial aún vigente. Se procedió a fijar en la puerta del inmueble Embargado Ejecutivamente Cartel contentivo de todo lo aquí actuado. El Tribunal deja constancia que al momento de retirarse del inmueble objeto de la medida de embargo ejecutivo, se hizo presente una persona quien de viva voz dijo ser y llamarse JANETH ALDANA, titular de la cédula de identidad Número 15.075.508, y manifestó vivir en el apartamento Número 20, que el apartamento era de la señora Sonia. El Tribunal siendo las 3:55 de la tarde da por terminada la presente actuación, ordena el regreso a su sede y deja constancia que la misma generó emolumentos para el representante de la Depositaria Judicial y Perito Avaluador. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,
CELSA DIAZ VILLARROEL.
LA APODERADA ACTORA,
LA DEPOSITARIA,
EL PERITO AVALUADOR,
EL SECRETARIO,
JESUS ALBERTO RAMOS.