REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, dieciséis (16) de octubre de dos mil seis (2006), siendo las 8:30 am se constituye la Juez Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas, ciudadana Caribay Gauna y la Secretaria Accidental Dubraska Ibarreto, a fin de llevar a cabo la práctica de la medida de Secuestro decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial con motivo del Juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento y Daños y Perjuicio sigue Maria Luisa Del Carmen Gil De Cruz contra la ciudadana Nora Del Valle Tine Parraga (Expediente de la Causa N° 14.736 ) y se trasladan al apartamento N° 8-C, piso 08 del Edificio denominado Residencias Andrés, Ubicado en la Avenida Alameda, el retiro con la calle Carabobo de la Urbanización El Retiro, zona Este Caracas; en compañía del abogado Reinaldo Fernando Freites Gamez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 10.584 en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora y de los Auxiliares de Justicia designados por la Juez de este Despacho; ciudadanos Argenis Rivas, titular de cédula de identidad N° V- 4.081.609, en Representación de la Depositaria Judicial La Monay, C.A y Ali José Peláez titular de cédula de identidad N° V- 4.774.760 quienes previa su notificación aceptaron los cargos y prestaron el Juramento de Ley. Una vez en el lugar indicado la Juez Ejecutora procede a dar los toques de Ley siendo atendido su llamado por un ciudadano quien luego de solicitarle en reiteradas oportunidades manifestó llamarse Yosmar Manuel Navarro Tine, ser titular de la cédula de identidad N° V- 17.389.475 y ser hijo de la ciudadana Nora Del Valle, a quien de seguidas la Juez notifica de la misión para la cual ha sido comisionada. Acto seguido, de una de las habitaciones del apartamento donde se encuentra constituido el Tribunal sale un ciudadano quien luego de requerírsele manifiesta llamarse Leonardo Francisco Franco Ortiz y presenta su cédula de identidad N° V- 4.773.004, manifestando asimismo ser cuñado de la ciudadana Nora del Valle Tine, a quien la Juez Ejecutora notifica de la medida leyéndole a tal efecto el despacho de comisión. Seguidamente el antes citado ciudadano informa a la Juez que su cuñada se encuentra viajando por razones de trabajo, pero que la misma llegará al mediodía. En este estado la Juez Ejecutora informa a los notificados que la medida decretada por el Tribunal comitente implica el desalojo inmediato del inmueble por lo que le indica que si tienen algún lugar donde llevar los bienes que se encuentran en el interior del inmueble objeto de la presente medida tenga ha bien participarlo. A todo evento la ciudadana Juez ordena al perito avaluador designado realice el inventario de los bienes encontrados, para el caso de un eventual depósito necesario. En este estado el perito avaluador, expone: “los bienes encontrados en el interior del inmueble donde se ejecuta la medida son del tenor siguiente: 1) Un (01) sofá tipo modular tapizado en tela de color marrón; 2) Una (01) mesa de centro en madera color natural con tope en vidrio; 3) Un (01) sofá cama tapizado en tela a rayas de dos puestos; 4) Una (01) mesa de madera color natural metal color gris y tope en vidrio de forma circular con dos entrepaños, tipo esquinera; 5) Un (01) equipo de sonido, marca Panasonic serial N° LS143002193 con dos cornetas; 6) Una (01) escultura en madera color marrón; 7) Un (01) mueble en madera, color marrón con dos puertas batientes; 8) Tres (03) bancos en metal color gris tapizados en plástico color gris; 9) Una (01) butaca tapizada en tela color crema; 10) Una (01) mesa en madera color natural de forma cuadrada; 11) Una (01) mesa en madera color marrón tope en vidrio de forma cuadrada; 12) Un (01) espejo con su marco en madera color natural; 13) Dos (02) mesas de noche en madera y fórmica de color marrón con dos gavetas; 14) Un (01) boxpring con un copete en madera y fórmica de color marrón; 15) Una (01) mesa en metal color gris y madera y fórmica, color natural para computadora; 16) Un (01) mueble en madera color marrón con siete compartimientos; 17) Seis (06) cuadros de pintura de diferentes motivos, tamaños, marcos y leyendas; 18) Un (01) televisor de imagen a color marco Sanyo, color negro de 27 pulgadas sin serial visible; 19) Una (01) mesa en madera color marrón, tope de vidrio de forma cuadrada; 20) Una (01) impresora marca HP, color gris sin serial visible; 21) Un (01) mueble en madera, color marrón, tipo sofá; 22) Tres (03) alfombras de diferentes tamaños, modelos y colores; 23) Un (01) DVD marca Daewoo, color gris serial N° 311ª603659. En este estado se suspende el inventario por cuanto los notificados manifiestan al Tribunal querer que sus bienes sean trasladados a la Quinta Delia, Calle Minerva de la Urbanización Las Acacias. La Juez Ejecutora oído lo manifestado anteriormente acuerda el traslado de los bienes a la dirección antes aportada y en cumplimiento de la misión para la cual ha sido comisionada procede a Secuestrar el apartamento signado con el número y letra 8-C del piso 08 del Edificio Residencias Andrés, ubicado en la Avenida Alameda, calle el retiro con calle Carabobo de la Urbanización El Retiro, Caracas y se pone en posesión de la depositaria Judicial La Monay, C.A. representada en el acto por el ciudadano Argenis Rivas, ya identificado quien lo recibe conforme. Seguidamente el perito avaluador, expone. “Avaluó prudencialmente el inmueble secuestrado en la cantidad de doscientos millones de bolívares (Bs. 200.000.000)”. Es todo. En este estado la Juez Ejecutora hace constar que se les participó a los notificados que una vez se comuniquen con la demandada le hagan saber que todas las acciones legales que quiera ejercer podrán hacerse ante el Tribunal de la causa. Se fijó a las puertas del inmueble cartel de notificación del cual se ordenó agregar a los autos su copia fotostática simple, constante de un (01) folio útil. La Juez Ejecutora concluye el acto y dispone su retiro a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 12:59 pm. Enmendado: a su sede. Vale.
LA JUEZ,
Caribay Gauna

EL APODERADO ACTOR
Reinaldo Freites

LOS NOTIFICADOS

EL REPRESENTANTE DE LA
DEPOSITARIA JUDICIAL
Argenis Rivas

EL PERITO AVALUADOR
Ali José Peláez
LA SECRETARIA Acc.
Dubraska Ibarreto



EXP N° 2509-06 8INTERNO)
EXP N° 14.736 (CAUSA)