REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, dieciséis (16) de Octubre de dos mil seis (2006), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, y en compañía del abogado OSCAR CARREÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.468, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, a fin de practicar entrega material a la parte actora del siguiente bien inmueble: “Un Apartamento identificado con el Nº 3-B, Piso 3, del Edificio “Residencias Parque Iblea”, ubicado en la Urbanización La Urbina, Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Fachada norte del Edificio; SUR: Apartamento 3-C, escalera general y áreas de circulación; ESTE: Fachada este del Edificio; OESTE: Apartamento 3-A”. Dicha medida fue decretada por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento sigue la ciudadana KATHARINA GONZALEZ (Vda.) de GAMEZ, contra la ciudadana LEONOR CECILIA ARCILA SUAREZ, expediente de la causa Nº AN3G-V-2004-000052. Una vez constituidos en la dirección señalada, se procedió a dar los toques de Ley correspondientes, no obteniendo respuesta alguna, por lo que se hizo necesaria la designación de Cerrajero Judicial, en la persona del ciudadano NOE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7.909.812, quien aceptó el cargo y juró cumplirlo bien y fielmente. En este estado, y a petición del Tribunal, el Cerrajero Judicial procede a abrir la reja y la puerta que dan acceso al inmueble objeto de la presente medida. Una vez dentro del inmueble, el Tribunal deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas, por lo que hace la entrega material, real y efectiva del mismo, y lo pone en posesión de la ciudadana KATHARINA GONZALEZ (Vda.) DE GAMEZ, en la persona de su apoderado judicial, abogado OSCAR CARREÑO, ya identificado, quien lo recibe en este acto. En este estado, el Tribunal, cumplida como ha sido la misión encomendada, ordena la remisión de la presente comisión con sus resultas al Tribunal de la causa, el regreso a la sede de este Juzgado, y el cierre de la presente acta, siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 a.m.). Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
EL APODERADO ACTOR,


EL CERRAJERO JUDICIAL, EL SECRETARIO,


Exp. Ejecutor Nº 06-2421
Exp. Causa Nº AN3G-V-2004-000052
CHB/EG/.