REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos seis mil (2006)
Años 196° y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha diecisiete (17) de octubre del año que discurre, por la abogada Esperanza Urdaneta de Almeida, querellante en la solicitud de Acción de Amparo Constitucional propuesta contra la decisión proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debidamente asistida por el abogado Jesús Rafael Muñoz Matute, mediante la cual apeló de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 11 de octubre de 2006; este Tribunal a fin de proveer lo conducente, ordena realizar un cómputo por secretaría de los días hábiles transcurridos desde el 11 de octubre de 2006, fecha en se publicó el fallo, exclusive hasta la presente fecha, todo en cumplimiento a lo ordenado por la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en acatamiento a lo ordenado mediante oficio N° 05-3468, suscrito por la Magistrado Luisa Estella Morales Lamuño; y, una vez realizado el cómputo se proveerá lo conducente por auto separado. Cúmplase.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Mata
Quien suscribe, Abg. Richars Mata, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que: desde el once (11) de octubre de dos mil seis (2006), exclusive, hasta la fecha presente fecha inclusive, han transcurrido ocho (08) días hábiles, los cuáles se discriminan a continuación: Octubre: viernes trece (13), lunes dieciséis (16), martes diecisiete (17), miércoles dieciocho (18), jueves diecinueve (19), viernes veinte (20), lunes veintitrés (23), martes veinticuatro (24). Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil seis (2006).
El Secretario,
Abg. Richars Mata.
VJGJ/RM/yanis
EXP N° 9453
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil de dos mil seis (2006)
Años 196° y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha diecisiete (17) de octubre del año que discurre, por la abogada Esperanza Urdaneta de Almeida, querellante en la solicitud de Acción de Amparo Constitucional propuesta contra la decisión proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debidamente asistida por el abogado Jesús Rafael Muñoz Matute, mediante la cual apeló de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 11 de octubre de 2006; y, visto igualmente, el cómputo que antecede, del cual se observa que el recurso de apelación fue ejercido tempestivamente, es por lo que este Tribunal, oye la apelación en un solo efecto de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Por consiguiente, ordena remitir el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Mata
VJGJ/RM/yanis
EXP N°. 9453
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veinticuatro (24) de octubre de dos mil seis mil seis (2006)
Años 196° y 147°
OFICIO: N° 2006-A-
CIUDADANO:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente N° 9453 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional propuesta por la ciudadana Esperanza Urdaneta de Almeida contra la decisión proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de julio de 2006, constante una pieza de setenta y cuatro (74) folios útiles.
Remisión que se le hace, en virtud de la apelación ejercida por la presunta querellante asistida de abogado contra la decisión proferida por este Tribunal en fecha 11 de octubre de 2006.
El Juez
Dr. Víctor José González Jaimes
VJGJ/yanis
EXP N°. 9453