REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO

EXPEDIENTE No. 6940/06

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Vistos sin informes
PARTE ACTORA: CONDOMINIOS CHACAO C.A., (antes denominada CONDOMINIOS CHACAO, S.R.L.), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 13 de enero 1.976, bajo el No. 6, Tomo 10-A-Sgdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Dr. LEOPOLDO MICETT CABELLO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo lo Nro. 50.974.
PARTE DEMANDADA: EZEQUIELA MARIA HERNÁNDEZ, venezolana, mayores de edad, de este domicilio portadora de la Cédula de Identidad Nro. V-3.046.233.
MOTIVO: COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO.
-I-
Se inició el presente juicio por COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO, que intentó la sociedad mercantil CONDOMNIOS CHACAO C.A., contra la ciudadana EZEQUIELA MARIA HERNÁNDEZ.
Se admitió la demanda por ante este Tribunal mediante auto de fecha 04 de octubre de 2.006, compareciendo el Dr. LEOPOLDO MICETT CABELLO, emplazándose a la parte demandada para que comparezcan ante este Juzgado dentro de los veinte (20) días de despacho siguiente a la constancia en autos de la citación se haga, a fin de dar contestación a la demanda.
Mediante diligencia de fecha 05 de octubre de 2.006, compareció el apoderado judicial de la parte actora y consigno los fotostatos necesario a los fines de librar la compulsa respectiva.
En fecha 09 de octubre de 2.006, se libro compulsa a la parte demandada.
En fecha 19 de octubre de 2.006, compareció el Alguacil Accidental HELY GERMAN SANABRIA GOMEZ, quien expuso: en fecha 13 de octubre de 2.006, siendo las 04:50 p.m., se traslado a la siguiente dirección Avenida Sucre, Edificio Residencias El Metro, Torre “A”, piso 23, apartamento 232, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador Distrito Capital, Caracas, siendo imposible la citación de la ciudadana EZEQUIELA MARIA HERNANDEZ, por lo que procedió a consignar la respectiva compulsa y recibo de citación.
En fecha 20 de octubre de 2.006, compareció el apoderado judicial de la parte actora y solicito la citación de la parte demandada mediante carteles, siendo proveído por auto de fecha 23 octubre de 2.006.
En fecha 26 de octubre de 2.006, la representación judicial de la parte accionante desistió del proceso de acuerdo lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.

-II-
Este Tribunal para decidir observa:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se constata que la representación judicial de la parte actora tiene facultad para desistir en el presente juicio, tal como consta del poder que cursa al folio 06 al 07 del presente expediente, este Sentenciador da por consumado el desistimiento en el presente juicio, y así se declara.
-III-
Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO, intentó la sociedad mercantil CONDOMINIOS CHACAO C.A., contra la ciudadana EZEQUIELA MARIA HERNÁNDEZ, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los treinta y un (31) días del mes de octubre del año dos mil seis. (2.006). Años: 195º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL JUEZ,



Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.

ELSECRETARIO,

Abg. MUNIR SOUKI URBANO.

En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO,



Abg. MUNIR SOUKI URBANO.

LTLS/MSU/fg(2).
Exp: No. 6940/06.