REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARÍTIMO CON COMPETENCIA
NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS
Caracas, 24 de octubre de 2006
Año 196º y 147º
Vista la diligencia de fecha veintitrés (23) de octubre de 2006, presentada por el abogado en ejercicio Gustavo Castro Escalona, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 72.437, mediante la cual APELÓ al auto de fecha dieciséis (16) de octubre de 2006, que negó la solicitud realizada mediante diligencia de fecha once (11) de octubre de 2006; este Tribunal la oye en el efecto devolutivo, conforme a lo establecido en el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil y el 21 del Decreto con Fuerza de Ley de Procedimiento Marítimo.
En consecuencia, remítase mediante Oficio al Tribunal Superior Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, copia certificada del auto de fecha dieciséis (16) de octubre de 2006, que dio motivo a la apelación, así como de la diligencia de fecha veintitrés (23) de octubre de 2006, donde se apeló del mismo, y del presente auto, para que conozca de dicha apelación. Líbrese Oficio y remítase. Es Todo.-
EL JUEZ
FRANCISCO VILLARROEL RODRÍGUEZ
EL SECRETARIO
ÁLVARO CÁRDENAS MEDINA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se libró Oficio. Se certificaron las copias. Es todo.-
EL SECRETARIO
ÁLVARO CÁRDENAS MEDINA
Expediente Nº 2005.000004
FVR/ac/yo.-