REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGESIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de octubre de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO : AP21-S-2006-002114



Visto el escrito presentado en fecha 13 de octubre de 2006, suscrito por el abogado JOSE MALAVE, mediante el cual apela de la decisión dictada por este Juzgado el día 10 de octubre de 2006; y estando dentro de la oportunidad legal que corresponde, quien aquí decide, ratifica las consideraciones expuestas en la decisión in comento, igualmente observa este Tribunal, que el profesional del derecho presentante del escrito de apelación, lo hace en nombre de quien no tiene poder expreso para su representación, por otra parte consta de autos al folio 20, que las actuaciones realizadas por el precitado abogado han ocurrido por vía de asistencia al actor, por lo que hasta el momento de interposición del recurso, en criterio de quien juzga, no se considera como parte legitimada en el juicio al abogado interviniente o proponente de dicha apelación, en virtud de todo lo anterior SE NIEGA LA APELACIÓN formulada, por extemporánea y haber sido presentada por quien no esta legitimado para intervenir como sujeto activo o pasivo dentro del proceso. ASÍ SE DECIDE.-


El Juez

Abog. Juan Carlos Medina

La Secretaria

Abog. Migdalia Montilla



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”