Visto el Convenimiento celebrado entre los ciudadanos MIGDALIA GONZALEZ Y JOSE NAVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.018.965 Y 12.278.758 respectivamente por ante la Defensoría Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente “JOSÉ RAFAEL REVENGA”, El Consejo el cual es enviado para su homologación; este Tribunal le da entrada, le asigna un número para su control en el archivo, se avoca al conocimiento de la causa y de conformidad con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente le imparte su homologación.-