REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.-

PARTE ACTORA: LAURA ANA ZUZOLO CARPENITO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-7.201.715 y de este domicilio.-
PARTE DEMANDADA: FRANCISCO RAMON ESTEVEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-7.261.480 y de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: SIMON MEDINA TOVAR, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 30.725.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CESAR TENIAS, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 81.426.-
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.-
EXPEDIENTE No. 2006-9360.-
En fecha 28 de Septiembre de 2006, comparecieron las partes y consignaron transacción judicial constante de un (01) folio útil y solicitaron la homologación de la misma. El Tribunal al respecto observa que el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil establece:

“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el Juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.”