REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNCIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA
PARTE ACTORA: JOSE GILBERTO ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.265.586, y de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: YURAIMA POLEO LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.654.584, y de este domicilio.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: LILA SALGADO VILLEGAS, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 24.218.
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
EXPEDIENTE No. 9324.
En fecha 09 de octubre de 2006, compareció la Abog. LILA SALGADO inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 24.218, actuando en nombre y representación de la parte actora, JOSE GILBERTO ARANGUREN y desistió del presente proceso, solicitando la devolución del originales del Poder que le fuera conferida por la parte actora. El Tribunal al respecto observa que el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil establece:
“...El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento, pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria...”.