Acta Nro 645-06

En horas del despacho del día de hoy, Diecisiete (17) de Octubre del año Dos Mil Seis (2.006), siendo las Once y Treinta de la mañana (11:30 AM), se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora con sede en San Francisco de Asís, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el inmueble donde funciona Banfoandes Banco Universal, Sucursal Villa de Cura, ubicado en la Calle Comercio Oeste, cruce con calle Dr. Morales, Local Nº 4, al lado de la Alcaldía del Municipio Zamora, en la ciudad de Villa de Cura, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Aragua; con la finalidad de practicar Medida de Embargo Preventivo, en cumplimiento a Despacho de Comisión emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua (con sede en la Ciudad de la Victoria), anexo oficio Nro. 1795-06 de fecha 26-09-06, según diligencia suscrita por la Parte Actora según auto dictado por este Tribunal Ejecutor en el mismo día de hoy; en el juicio que por cobro de Bolívares (vía intimatoria), tiene incoado el Abogado: EDUARDO FERNANDEZ DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.823.247 e inscrito en el Impreabogado bajo el Nº 35.471, contra el Ciudadano: FELIX EDMUNDO ORTEGA VERA, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 7.221.806. Se deja expresar constancia de que se encuentra presente en este acto el Doctor. EDUARDO FERNANDEZ DIAZ, antes plenamente identificado, en su carácter de Parte Actora. Se notifica de la misión del tribunal a la Ciudadana: MARITZA ESPERANZA MENDOZA venezolana, mayor de edad. Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.121.240 y de este domicilio, en su carácter de Sub Gerente de la supra identificada Sucursal Bancaria, quien voluntariamente y sin coacción de ninguna naturaleza le permitió el acceso al Tribunal hasta la parte interna del referido inmueble, abriendo el mismo las respectivas puertas. En este estado la Parte Actora presente en este acto, solicita el derecho de palabra y el Tribunal concediéndoselo expone: “Señalo a este Tribunal Ejecutor de Medidas, las cantidades de dinero disponibles en la cuenta corriente titulada por el demandado, identificada con el Nº 0007-0073-81-00000781, de esta entidad Bancaria, para que sea embargado preventivamente. Seguidamente, este Tribunal solicita a la Ciudadana Sub Gerente Ciudadana Maritza Mendoza, el saldo de la cuenta Nº 0007-0073-81-00000781, por lo que acto seguido proporciono a este Juzgado la siguiente información: “cuenta Nº 0007-0073-81-00000781, saldo total Bs. 14.242.904,51, diferido 48 horas, 11.500.000,51, monto disponible, 2.742.904.51”.