REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 26 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-002633
ASUNTO : NP01-P-2006-002633
Vista la solicitud de sobreseimiento presentada por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control por la ABG. MARY VIOLETA CONTRERAS, Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Monagas, a favor del ciudadano: GUSTAVO JOSE MORENO, conforme al artículo 318 numeral 4to del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: MERCEDES HERRERA, motivado al criterio fiscal de que en la presente investigación no existe la posibilidad razonablemente de incorporar nuevos elementos, a la investigación, con los cuales la Fiscalía del Ministerio Público, pudiera pedir el enjuiciamiento del imputado.
En razón del pedimento Fiscal, esta Instancia no estima necesaria la realización de la Audiencia Oral prevista en el artículo 323, a objeto de debatir los fundamentos de la solicitud, pasa a decidir en los siguientes términos:
Analizada como ha sido la solicitud de sobreseimiento, y las demás actas procesales, este juzgador pudo constatar que, efectivamente se inicio una investigación por el delito antes citado, mediante denuncia interpuesta por la ciudadana: MERCEDES HERRERA, quien manifestó que su concubino la golpeó con los puños en la espalda y la cabeza en varias oportunidades, efectuándose por ello, la correspondiente citación de las partes a los fines de que comparecieran ante el Departamento de Violencia Contra la Mujer y la Familia del Cuartel General de Policía del Estado Monagas, no compareciendo los mismos, y por ende no lográndose el correspondiente acto conciliatorio, razón por la cual a juicio de este juzgador en las presentes actuaciones no existe la posibilidad de incorporar razonablemente nuevos elementos que pudieran demostrar la responsabilidad penal del ciudadano antes citado en la comisión del delito mencionado arriba, acogiendo a tal efecto la solicitud de sobreseimiento presentada por la Representación del Ministerio Público, de acuerdo al contenido del artículo 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal. Así se Decide.
Dispositiva:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano: GUSTAVO JOSE MORENO, de Conformidad con lo establecido en el numeral 4to del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
El Juez Tercero de Control
Abg. JESUS ALBERTO VILLARROEL CORTEZ
La Secretaria,
Abg. ELINERSY AGUIRRE
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