REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente
Maturín, 28 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : NX01-D-2003-000013
ASUNTO : NX01-D-2003-000013
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DELITO : DISTRIBUCION DE DROGAS
FISCAL: ABG. MIRIAN GARELLI
DEFENSOR: ABG. MIGDALYS BRITO
MOTIVO: REVISION DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA
Estando dentro del lapso legal y de conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida de Libertad Asistida, que cumple el ciudadano Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, procediendo este Tribunal a hacerlo en los términos siguientes:
En fecha 29-11-2004, se realizó el auto de Ejecución de la Sanción de Dos (02) años de Libertad Asistida, que le fuere impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el Tribunal Primero de Juicio por el delito de distribución de drogas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas siendo impuesto de dicho acto en la esa misma fecha.
En fecha 17 de Mayo del año 2005 se procedió a revisar la Medida Libertad Asistida determinándose que hasta ese momento se había cumplido para esa fecha con la medida por espacio de Cinco (05) meses y Dieciocho (18) días, faltándole por cumplir Un (01) año y Doce (12) de la sanción de Libertad Asistida.
En fecha 10 de Abril del 2006, se revisó la Medida y se determinó que el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA había dado cumplimiento a la Medida por espacio de Un (01) año, Cuatro (04) Meses y Once (11) días.
En fecha 20 de Septiembre del 2006 es recibido informe conductual N° SSS-136-06, emanado del Departamento Social de esta Sección de Adolescente, donde se señala que el joven
Mantiene una conducta satisfactoria, es respetuoso, atento, se mantiene en una actividad lícita la cual le permite devengar un salario. Su evaluación es de pronóstico favorable recomendándose que se siga recibiendo orientación.
Hasta el día de hoy el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido con la medida Libertad Asistida durante UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS. Faltándole por cumplir DOS (02) MESES y UN (01) DIA.
SANCIÓN
LIBERTAD ASISTIDA
HA CUMPLIDO HASTA HOY
01 AÑO, 09 MESES y 29 DIAS
LE FALTA POR CUMPLIR
02 MESES y 01 DÍA.
FECHA DE CESACIÓN
29-11-2006
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, faltándole por cumplir DOS (02) MESES y UN (01) DIA. Esta revisión se realiza de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. Se fija como fecha de CESACIÖN DE LA MEDIDA EL 29 de NOVIEMBRE DEL 2006. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Público Especializado. Oficiar a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente remítasele copia. Cúmplase
LA JUEZA
ABG. DILIA ROSA MENDOZA BELLO
LA SECRETARIA
ABG. JUANA CARVAJAL.
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