REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION EJECUCION
SALA 102
Caracas, 28 de Septiembre de 2006.
196° y 147°
ACTA DE ENTREVISTA
En horas de audiencia del día de hoy 28 del Mes de Septiembre de 2006, siendo las nueve y veinte 09:20 de la mañana, comparece por ante la sede de este Juzgado previa citación Nº 113-06, librada el 18-09-06, concerniente al adolescente: (Identidad Omitida), entrevistándose directamente con la Juez de este Despacho, de conformidad con lo previsto en el artículo 630 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, e impuesto del precepto constitucional dispuesto en el ordinal 5to de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela se le formularon las siguientes preguntas: (se deja constancia que la ciudadana Defensora Privada, Dra. Charito Tirado Paz, no pudo asistir en la presente entrevista) PRIMERA PREGUNTA: Diga Usted, si en los actuales momentos se encuentra estudiando o laborando, RESPONDE: Estoy haciendo un curso de Mantenimiento y Reparación de Computadora, en la Academia Américana, en la Avenida Universidad, con un horario de: Lunes, Miércoles y Viernes, de 5:30 de la tarde a 07:00 de la noche, porque ya me gradué de bachiller. SEGUNDA PREGUNTA: Diga Usted, si se esta presentado ante la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente No privado de Libertad. RESPONDE: Si estoy asistiendo a liberta asistida, una vez al mes, con mi delegado, T.S.U. Yorwin Guerrero. TERCERA PREGUNTA: Diga Usted, si conoce la fecha tentativa de cumplimiento de la sanción, vale decir el cómputo. RESPONDE: No se cuando termino. Seguidamente la ciudadana secretaria le informa al sancionado de autos se encuentra cumpliendo la medida Libertad Asistida, por el lapso de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, según cómputo de fecha 03-12-06, inserto a los folios 175 al 176 de la primera Pieza del presente expediente, y su fecha de tentativa de cumplimiento es el: 14-12-06. QUINTA PREGUNTA: Diga Usted. Si tiene que hacer alguna solicitud al Tribunal. RESPONDE: No. Seguidamente se le informa al sancionado tal como se estableció en la audiencia de imposición que el incumplimiento injustificado de la medida puede acarrear sanción de privación de libertad, según lo dispuesto en el artículo 628, literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Es Todo. Terminó, Se Leyó y Conformes Firman.-
JUEZ ENCARGADA
DRA. ELELYN BORREGO NAVARRO
EL JOVEN
(Identidad Omitida)
LA SECRETARIA
ABG. ARACELYS TILLERO ACUÑA.
EXP: J1RO.E/05-330/EBN/mirian.-
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