TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiséis (26) de septiembre de dos mil seis (2006).-
196° y 147°
ASUNTO: AP21-R-2006-000790
Vista la diligencia de fecha 19 de septiembre de 2006, presentada por el abogado Jaime Pirela León, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio incoado por el ciudadano Néstor Cairo Rosas contra la empresa Servicios Halliburton de Venezuela, S.R.L., se observa:
En fecha 25 de julio de 2006, el abogado Jaime Pirela León, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, apeló del auto contentivo del pronunciamiento de la admisión de pruebas. En fecha 19 de septiembre de 2006, el mencionado abogado, procediendo con el carácter anotado, desistió del recurso de apelación. Este Juzgado Superior, no obstante, no encontrarse agregado a los autos el poder que acredita la representación del mencionado profesional del derecho, pero constando dicha condición del auto que oyó la apelación, imparte la homologación al desistimiento de la apelación y ordena la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ
JUAN GARCÍA VARA
EL SECRETARIO
ALEJANDRO BOSCAN
2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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