REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo De Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-003591
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 14 de Agosto de 2006, por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO FEREIRA VILLAFRANCA, portador de la cedula de identidad N°: 11.692.219 e inscrito en el IPSA bajo el N° 77.227 y la ciudadana REINA VALLES, portadora de la cedula de identidad N°: 10.186.099 actuando en su carácter de parte demandante, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio ADERITO DA SILVA CASTRO, venezolano, portador de la cedula de identidad N°:10.863.352 e inscrito en el IPSA bajo el N° 21.092, plenamente identificados en autos con ocasión a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoare la ciudadana REINA VALLES contra GILLETE DE VENEZUELA, S.R.L Y PROCTER & GAMBLE DE VENEZUELA, S.C.S,.este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto en la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACIÓN, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, con referencia a la solicitud de las copias certificadas solicitadas por ambas partes, este Juzgado las acuerda de conformidad a los establecido en el parágrafo 3 del articulo 21 de LOT y ordenara expedirlas una vez que sean consignados los fotostatos para tales fines, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordenara el cierre y archivo del expediente una vez que sean consignadas, certificadas y retiradas las mencionadas copias. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Gleiber Meza
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALÍSIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA Y DEL PODER POPULAR”
FP/Ejhc.-*