REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de septiembre de dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2006-002682

Visto el escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial por la abogada ZORAIDA MATOS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 69.310, actuando en su carácter de apoderada Judicial del ciudadano FRANKLIN ORLANDO ZAMBRANO CARDENAS, y la abogada GLORIA GALEANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 20.299, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la demandada, la empresa SEGURIDAD SIETE COLINAS C.A., por el cual acuerdan poner fin al presente procedimiento, mediante la cancelación por parte de la demandada de la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTIUN CENTIMOS ( Bs. 4.365.186,21), monto que será cancelado a la parte actora, en fecha trece (13) de octubre de dos mil seis (2006), en el cual solicitan al tribunal se homologue el mismo, y se ordene el archivo del expediente, este Juzgado, en virtud que el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del Trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena el cierre informático del presente asunto y el archivo definitivo del expediente una vez que conste en autos la cancelación del pago acordado. Cúmplase.-.

La Jueza
El Secretario

Abog. Judith González
Abg. Oscar Rojas
JG/jrl

“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”