Recibido de la URDD, désele entrada, anótese y regístrese en el libro respectivo. Vista la anterior solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana YENNY MILEIDI MONTERO ROMERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V.-15.506.568, mediante la cual solicita la rectificación del acta de nacimiento de su hija, la niña, la cual se encuentra inserta bajo el Nro.242, de los libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador del Distrito Federal (actual Distrito Capital), SE ADMITE. Alegó la solicitante en el mencionado escrito de solicitud, que al colocar el año de nacimiento de su hija colocaron “…DOS MIL DOS…” siendo lo correcto “…MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO…”. La solicitante consignó como prueba de lo alegado, copia certificada de la partida de nacimiento objeto de rectificación, copia simple de la certificación de nacimiento de la niña de autos, donde se evidencia el error denunciado. Visto que, lo obvio del error enunciado no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación de Acta de Nacimiento, procédase a resolverlo en forma sumaria.
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