REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sala de Juicio Nº 7 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de septiembre de 2006
196º y 147º

Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanas EGLEE JOSEFINA RUIZ DE ARAY, YANERKI COROMOTO SEQUERA RAMIREZ y LISSETTE YANETTE NARANJO GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V.-6.525.008, V-6.525.008 y V-9.682.88, respectivamente, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de Juicio, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor la ciudadana MALLANY ARIAS, portadora de la cédula de identidad Nro. V-5.572.697, de la niña ---- y sus hermanos -------, en su condición de esposa e hijos del fallecido ciudadano JUAN JOSE ZAMBRANO SOTO, quien era titular de la cédula de identidad Nº V.-6.88.705, quedando a salvo los derechos a terceros. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ


AIMAR VALENCIA RIZO EL SECRETARIO


MARTIN JIMENEZ MUJICA


ASUNTO: AP51-S-2006-015986
AVR/MJM/YOLANDA