DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella incoada por la ciudadana ZULIMA COROMOTO QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.532.712, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 17.236, actuando en su propio nombre y representación, contra el INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS. En consecuencia se declara la nulidad de la Providencia Administrativa N° 168 de fecha 04 de abril de 2005, y consecuencialmente el acto administrativo PRE N° 140, y se ordena la reincorporación de la ciudadana Zulima Coromoto Quintero, al cargo que venia desempeñando y el pago de los sueldos dejados de percibir desde el ilegal retiro, hasta su efectiva reincorporación con los aumentos que hubiere experimentado y demás beneficios socioeconómicos que no implique la prestación efectiva de sus servicios.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuradora General de la República.
Dada firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en Caracas a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ
FLOR CAMACHO A. SECRETARIO
CLÍMACO MONTILLA
En esta misma fecha 18-09-2006, siendo las dos y treinta (02:30) p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
SECRETARIO
CLÍMACO MONTILLA
Exp. 1162-05
FLC/CM/nr
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