REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciocho (18) de septiembre del año 2006
Años: 196º y 147º
Vista la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo Suficiente para acreditar el carácter de UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus ciudadano: FRANCOIS SZILARD BLOCH, a los ciudadanos: EMMA VERA BANO de SZILARD, DORYS ANDREA SZILARD de MEJIA, INES VERONICA MERCEDES y DIANA MARGARITA SZILARD BANO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 950.533, 2.768.386, 3.179.410 y 4.170.026, respectivamente, en su carácter de cónyuge e hijas del Causante.-Devuélvanse originales a los interesados.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN
LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ
MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 10.834
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