JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 21 de septiembre del año 2006.-
Años 196º y 147º
Por recibido y visto el anterior libelo de demanda presentado por el ciudadano CARLOS REIMUNDO SEIDL SHARON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.823.651, en su carácter de hijo legitimo, asistido en ese acto por las abogadas GLADYS TEYS DE PICHARDO y MARIA ALEJANDRA MEDINA MAZARELLI, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 93.936 y 96.158, y los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal, luego de una revisión exhaustiva del libelo de la demanda, a los fines de su admisión, observa que no fueron consignadas la partida de nacimiento y la Gaceta Oficial emanada del Ministerio de Relaciones Interiores, en donde señala el cambio de nacionalidad del padre del solicitante, en consecuencia, se insta al ciudadano CARLOS REIMUNDO SEIDL SHARON, a que consigne la partida de nacimiento y la Gaceta Oficial antes mencionadas; y una vez aportadas a los autos se emitirá el pronunciamiento correspondiente.
LA JUEZ
MARIA ROSA MARTINEZ C. LA SECRETARIA
NORKA COBIS RAMIREZ
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