JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 26 de septiembre del año 2006.-
Años: 196º y 147º
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado RAMIRO HERNANDEZ CONTRERAS, inscrito en el instituto de Previsión Social bajo el Nº 75.869, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna fianza judicial Nº 35-012286-01, hasta por un monto de 40.725.000,00, otorgado por Seguros Federal, C.A., (antes denominada “SEGUROS LA FEDERACION, C.A.), sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21-09-67, bajo el No. 40, Tomo 50-A e inscrita en la Superintendencia de Seguros bajo el No. 71, cuya última modificación de los Estatutos Sociales quedó protocolizada en la misma oficina de registro en fecha 14 de marzo de 2005, bajo el No. 20, Tomo 33-A-Pro, autenticado ante la Notaria Pública Tercera del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 29, Tomo Nº20, en fecha 6 de marzo del año 2006, para garantizar las resultas del presente asunto y los posibles daños y perjuicios que eventualmente pudiera ocasionar el decreto de la medida, este juzgado luego de un detenido y cuidadoso análisis del contrato de fianza, el cual aparece de forma precisa y categórica, y en virtud de que el mismo cumple con las exigencias previstas en el artículo 1804, y siguientes de Código Civil, encuentra este juzgado que el mismo es perfectamente válido, en consecuencia, se admite dicho contrato de fianza, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO , sobre el siguiente bien:
“Un vehículo, MARCA KIA; MODELO SHUMA 1.8 GS HB; AÑO 2002, COLOR ROJO MAGENTA; TIPO SEDAN; CLASE AUTOMOVIL; USO PARTICULAR; PLACAS MCX09M; SERIAL DE CARROCERIA KNAFB243325050587; SERIAL DEL MOTOR TE 309446.-

Para la práctica de la medida aquí decretada, previamente se ordena librar oficio a la Dirección General Sectorial de Tránsito Terrestre adscrita al Ministerio de Infraestructura a fines de que detenga el vehículo antes identificado y ponga a disposición de este Juzgado.- Líbrese oficio.-
La Juez
La Secretaria
Maria Rosa Martínez Catalán
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se libró oficio Nro
La Secretaria