REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 18 de septiembre de 2006
196° y 147°
Visto el convenimiento suscrito en fecha 12 de Julio de 2006 por el ciudadano WILFREDO RODRIGUEZ MORILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nro. V-5.600.115, debidamente asistido por la ciudadana KARLA RANGEL, abogado en ejercicio, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.944, en su carácter de parte demandada en el presente asunto, por cuanto el mismo no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley y trata sobre derechos disponibles de las partes, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos, por cuanto ésta trata sobre Derechos disponibles por las partes, teniendo aquella fuerza de cosa juzgada, todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se deberá proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Seguidamente, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 Ejusdem. Y ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ.- LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En la misma fecha del auto que antecede se deja constancia del requerimiento de los fotostátos necesarios para proveer.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
Exp. Nro. 04-7460.
LRHG/MGHR/Carla.
|