REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

EL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

EXPEDIENTE Nº: 05-2191.-

PARTE SOLICITANTE: IVAN GITTENS DIAZ y PATRICIA DEL CARMEN MOULINIER ACUÑA, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-9.971.067 y V-7.949.803, respectivamente.-

ABOGADO ASISTENTE
DE LAS PARTES : DAVID D`AMICO TALLINI, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Número: 110.007.-

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS.-
(Conversión en Divorcio)

TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.-

I
SÍNTESIS DEL PROCESO

En virtud de que la Juez Titular de este despacho DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY se reincorporo a sus labores, después de haber hecho uso de su Reposo pre y post natal, se avoca al conocimiento de la presente causa.-
Conoce este Tribunal del presente Expediente, previa Distribución por el Juzgado Distribuidor de Turno, mediante escrito presentado por los ciudadanos IVAN GITTENS DIAZ y PATRICIA DEL CARMEN MOULINIER ACUÑA., Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.971.067 y V-7.949.803, respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano DAVID D`AMICO TALLINI, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 110.007 mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos.-
Alegaron que contrajeron matrimonio el día 21 de Agosto de 2004, ante la Primera Autoridad Civil de la Dependencia Federal Los Roques, según consta de la Copia Certificada consignada del acta de Matrimonio Nº 29, que una vez contraído dicho matrimonio establecieron su domicilio conyugal en la Avenida Francisco de Miranda, Centro Perú, Torre B Apartamento 16, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas.- Que de su unión no procrearon hijos.-
En fecha 13 de Julio de 2005, este Tribunal exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, por tal motivo se decretó la Separación de Cuerpos.-
En fecha 17 de Julio de 2006, compareció el ciudadano, DAVID D`AMICO TALLINI., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.007 en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana PATRICIA DEL CARMEN MOULINIER ACUÑA., solicitando la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos.-
En fecha 26 de Julio de 2006, la Juez Suplente Especial DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA se avoco al conocimiento de la causa y se libro Boleta de notificación al ciudadano IVAN GITTENS DIAZ.-
En fecha 08 de Agosto de 2006, compareció el ciudadano IVAN GITTENS DIAZ., solicitando la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos.-
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos: IVAN GITTENS DIAZ y PATRICIA DEL CARMEN MOULINIER ACUÑA., han vivido separados de cuerpo por más de un (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpo solicitada.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges, IVAN GITTENS DIAZ y PATRICIA DEL CARMEN MOULINIER ACUÑA., ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 21 de Agosto de 2004, ante la Primera Autoridad Civil de la Dependencia Federal Los Roques.-
PÚBLIQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ( 19 ) días del mes de Septiembre de 2006.- Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,



DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA TITULAR.,

Abg. LEOXELYS ELENA VENTURINI.
En la misma fecha se público y registro el anterior fallo siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).-
LA SECRETARIA.
AMCdeM/LEV/Mariana.-
EXP N°: 05-2191.-