REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 19 de septiembre del Dos Mil Seis (2006).-
Años: 196º y 147º.-
Visto la anterior solicitud procedente del Juzgado Distribuidor de Turno, presentado por la ciudadana: GARCÍAS MAGALY DEL VALLE, venezolana, y titular de la cédula de identidad N° 12.818.390 asistida por la Dra. Janett Revete Aponte, integrante del servicio jurídico gratuito de la Clínica Jurídica de la Universidad Católica Andrés Bello, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 24.573, y los recaudos acompañados al mismo, désele entrada y anótese en el Libro respectivo.-
Asimismo, luego de una revisión exhaustiva del libelo de la demanda, la solicitante acude a este Órgano Jurisdiccional para la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la Niña YUBERLIS DEL VALLE ORTEGA GARCÍA, quien nació en esta Ciudad de Caracas, el día 13 de octubre de 1993.- Ahora bien, de la afirmación de la accionante y de los recaudos se evidencia que la niña YUBERLIS DEL VALLE ORTEGA GARCÍA, que para la presente fecha tiene Trece (13) años de edad, por lo que este Juzgado carece de competencia para tal procedimiento. Por tales razones declina la competencia por la materia a los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente ASÍ DE ESTABLECE.-
Sobre la base de las precedentes consideraciones, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLINA su COMPETENCIA en razón de la materia en los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.- En consecuencia, remítase el presente Expediente, en su oportunidad legal correspondiente con Oficio a dichos Juzgados.-
LA JUEZ,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA.
ABG. LEOXELYS ELENA VENTURINI
EXP. Nº: 063286
ACdeM/LEV/carmen.-