REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecinueve (19) de septiembre de dos mil seis (2006)
Años 196º y 147º
Vista la decisión proferida por este Tribunal en fecha 18 de julio del corriente año, mediante la cual declaró sin lugar la apelación ejercida por el ciudadano Pascuale Venutu Carovello contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional propuesta por el ciudadano antes mencionado; este Tribunal en consecuencia, ordena remitir el expediente al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richard Mata
VJGJ/RM/ap
EXP Nº. 9410
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
196º y 147º
Caracas, diecinueve (19) de septiembre de dos mil seis (2006)
Años 196º y 147
OFICIO: N° 2006-A-
CIUDADANO:
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente N° 9410, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional propuesta por el ciudadano Pascuale Venuti Carovello contra la Sucesión Aranguren Sánchez, constante de una pieza de sesenta y siete (67) folios útiles.
Remisión que se le hace, con motivo de la apelación de la decisión proferida por este Tribunal en fecha 18 de julio de 2006.
El Juez
Dr. Víctor José González Jaimes
VJGJ/RM/ap
EXP Nº. 9410