PRIMERO: Con lugar la Inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. EDER JESUS SOLARTE MOLINA, en su condición de Juez Titular del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión al Juez Inhibido.-