REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

ASUNTO: AP31-V-2005-000102

Visto el Desistimiento suscrito en fecha 21 de Septiembre de 2.006, en el presente juicio, por la ciudadana Hortencia Boscán de Carmona, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.778.758, debidamente asistida en este acto por la Dra. Cecilia Almeida Mora, abogada en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 51.788. Luego de una minuciosa revisión de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que la ciudadana que aparece suscribiendo dicho desistimiento, tiene facultad expresa para celebrar esta figura de auto composición procesal. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil y, cumplidos como se encuentran los extremos legales, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar a la presente providencia como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2.006. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación. Así se declara.-
El Juez Titular,

Edgar José Figueira Rivas

La Secretaria Titular,

Abg. Maria Jazmín Urbina
En esta misma fecha, se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo de este Circuito Judicial, conforme lo dispone el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria Titular,


Abg. Maria Jazmín Urbina

EJFR/MJU/edwin.-