REPUBLICA BOLIVARIA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANACARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Cagua, 21 de septiembre de 2006
196° y 147°

EXPT. Nº 05-12542
PARTE ACTORA: MARIELA GONZALEZ AMORROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.131. 171.

PARTE DEMANDADA: VENTAS DOBLES A, S.R.L

MOTIVO: NULIDAD DE VENTA

Por cuanto de la revisión de las actuaciones anteriores que conforman al presente expediente, se constata que ha transcurrido más de UN (01) AÑO, sin que las partes hayan ejecutado ningún Acto de Procedimiento, es por lo que este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil.

Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Archívese el expediente constante de ( 56) folios útiles. En Cagua, a los ( 21 ) días del Mes de Septiembre del 2006.
EL JUEZ PROVISORIO,

Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA

EL SECRETARIO


Abg. CAMILO CHACON

En la misma fecha, previa el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró, siendo las 8:55 a.m.


EL SECRETARIO


Expte N° 05-12542
EPT/CCH/K.R