REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 25 de Septiembre de 2006
196º y 147º

Por cuanto de la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se observa: que por auto de fecha 15 de Febrero de 2006, se libraron oficios al Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, con los Nros. 06-0289 y 06-0290, respectivamente, en virtud de la Ejecución de Sentencia del expediente Nº 00-7081, con motivo del Divorcio 185-A de los ciudadanos ZEFERINO ANTONIO HERNANDEZ MENDOZA y LAURA ELIZABETH HERRERA ZERPA, siendo lo correcto CEFERINO ANTONIO HERNANDEZ MENDOZA y LAURA ELIZABETH HERRERA ZERPA. En tal virtud y de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara parcialmente NULO y sin ningún efecto jurídico el auto y oficio de fecha 15 de Febrero de 2006, e igualmente ordena librarlos nuevamente. Y así se decide.
EL JUEZ


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA


EL SECRETARIO


Dr. CAMILO CHACON HERRERA


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.


EL SECRETARIO


Dr. CAMILO CHACON HERRERA




EXPTE N° 00-7081
EPT/cchh/ym