REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturin, 9 de Abril de 2007
196º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-001913
ASUNTO : NP01-P-2006-001913
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por FRANCIA CARBALLO PANTE Fiscal Sexto del Ministerio Publico del Estado Monagas o a favor de WILMER JOSE LANDAETA PALMARES conforme al artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES en perjuicio de la COLECTIVIDAD y a quien según el criterio del fiscal, a pesar de estar comprobado la comisión del hecho que dio origen a la presente averiguación no cursan suficientemente elementos de convicción como par atribuirle la comisión del mismo a persona alguna.
En Primer lugar estima esta juzgadora que no puede realizarse el debate a que se refiere el Artículo 323 del Código Orgánico procesal Penal en virtud de que en la presente Causa no existe ningún elemento de convicción para imputarle el hecho investigado a Persona alguna .
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del Personas Descocida fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal toda vez que los hechos que dieron origen a la presente investigación se encuentran evidenciados pero no existe suficientes elementos como par atribuir a persona alguna la acción, y tomando en consideración la data del suceso como lo es el 22 de Agosto del 2006 resulta materialmente imposible la incorporación de nuevos datos en la investigación que determine primero la identidad del Imputado y por consiguiente su responsabilidad Penal no quedaron suficientemente evidenciados y no se practicaron en su oportunidad legal todas las diligencias necesarias par el esclarecimiento de los hechos de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal penal.-. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto en función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de WILMER JOSE LANDAETA PALMARES de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez Sexto de Control
ABG. YANIRA BRICEÑO TORREALBA
La secretaria
ABG. RAQUEL GARCIA