JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, ONCE DE ABRIL DEL DOS MIL SIETE.
196º y 147º
Vista la anterior diligencia, suscrita por el abogado OSCAR EMILIO ARAGUAYAN, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 30.002 y verificado el convenimiento celebrado en fecha 28 de marzo del presente año, entre las partes demandante y demandada respectivamente , cursante a los folios veintinueve (29 ) al treinta y siete (37) del cuaderno de medidas de este expediente, realizado al momento de la practica de la medida decretada por este Tribunal en fecha 15 de noviembre del 2.006 y ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Aguasay, Ezequiel Zamora, Cedeño, Acosta y Caripe de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punta de Mata, y por cuanto el mismo no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento en todas y cada una de su partes y en los términos acordados por los contendiente. Archívese el expediente.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA TEMP. ANGELICA CAMPOS.
PARTES:
DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL THE CUEST C.A.
DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL VENECIA & SERVICES C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: OSCAR E. ARAGUAYAN
EXP. Nro. 29.630
Realizado por luz y.
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